A- de 2024
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Juan Carlos Cortés González
✓Claimant Delgado Rodriguez Gustavo Adolfo·Respondent Colpensiones Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos sobre nulidad o ineficacia del traslado pensional al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 29 Laboral del Circuito de Medellín y el Juzgado 31 Administrativo del Circuito de la misma ciudad, suscitado por una demanda ordinaria laboral presentada por un ciudadano, en contra de A.F.P.
Colfondos S.A., A.F.P.
Porvenir S.A., y la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), con el fin de solicitar al juez declarar la ineficacia del traslado del RPM al RAIS, por considerar que las referidas administradoras de pensiones no brindaron información sobre las ventajas y desventajas del traslado al régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS).
Cumplidos los presupuestos para la configuración del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la administradora de fondo de pensiones actual del demandante es Colfondos, una persona jurídica de derecho privado, por lo que señala que se dan los presupuestos para dar aplicación a la regla de decisión contenida en el Auto 784 de 2021, según la cual, la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y de seguridad social es la competente para conocer las controversias sobre nulidad o ineficacia de afiliaciones al RAIS, por cuanto el régimen de la seguridad social es administrado por una persona jurídica de derecho privado.
En esa medida, no se cumple con uno de los requisitos establecidos por el numeral 4º del artículo 104 del CPACA, para efectos de asignar la competencia a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
Se remite el expediente al Juzgado 29 Laboral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 29 Laboral del Circuito de Medellín conocer el proceso judicial promovido por Gustavo Adolfo Delgado Rodríguez contra la A.F.P. Colfondos S.A., la A.F.P. Porvenir S.A., y la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, REMITIR el expediente CJU-5950 al Juzgado 29 Laboral del Circuito de Medellín, para lo de su competencia, y para que comunique esta decisión al el Juzgado 31 Administrativo del Circuito de Medellín y a los interesados en este trámite.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.